SANTO DOMINGO. El Reglamento 824 que rige a la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía establece en su artículo 33 que, “en los espectáculos de variedades (shows) ofrecidos al público en teatros, clubes nocturnos y demás sitios de diversiones, con artistas extranjeros, será obligatorio la presentación de artistas dominicanos”. El contenido de este reglamento, al igual que el de ...
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