Villa Riva.- La Cámara de Cuentas de la República Dominicana emitió un informe de los alcaldes que no realizaron declaración de bienes, proceso que culminó el 30 de noviembre pasado. Dentro del listado figura el alcalde de este municipio de Villa Riva, licenciado Leonardo Santos López (Leo Carola).
El órgano rector emitió un documento donde figuran 23 alcaldes de la oposición que no presentaron sus declaraciones juradas. De los cuales 16 pertenecen al Partido Revolucionario Moderno (PRM), 6 al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y uno de la Alianza Por la Democracia (APD).
En ese mismo informe también figuran con violación a la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio, el alcalde por el municipio de Castillo, Jaime Camilo, el alcalde de la ciudad corazón (Santiago), Abel Martínez, entre otros.
Por su parte la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO), se lamenta de que el presidente Medina no haga que los funcionarios cumplan con su rol de presentar declaración jurada de bienes a los 30 días de haber tomado posesión, tal y como lo establece la referida ley.
Mientras que al ser abordado por los periodistas que cubren las fuentes en el Palacio Nacional, el presidente justificó que los funcionarios no han realizado declaración jurada de bienes “porque a lo mejor lo ignoran”.
Éste también acotó que se le dará una prórroga para realizar dicha acción a quienes aún no lo han hecho, decisión que ha sido criticada por la sociedad civil y otros sectores.
Según el Colegio de Notarios el proceso para la declaración jurada de bienes es bien sencillo, se toma menos de un día y solo tiene un costo de RD$2,000.
El presidente de ese gremio, Pedro Rodríguez Montero señaló que el gobierno está violentado la Ley 311-14 con la prórroga.
Sanciones
“Artículo 14.- Sanciones por omisión de declaración, El servidor público en funciones que esté obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y no obtempere dentro del plazo establecido en esta ley u omitiere declarar algún bien, incurrirá en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la Ley No.4l-08, de Función Pública.
Artículo 15.- Delito de falseamiento de datos. Quien en razón de su cargo estuviere obligado por ley a presentar declaración jurada de bienes y falseare los datos que las referidas declaraciones deban contener, será sancionado con prisión de uno (l) a dos (2) años y multa de veinte (20) a cuarenta (40) salarios mínimos del Gobierno Central.”
Tomado de la ley 311-14 de declaración jurada de patrimonio.
Noticias Villa Riva El periódico digital de los villarivenses