En su práctica cotidiana, los abogados especializados en migración atienden muchos casos de personas a las cuales les ha sido denegado el visado para entrar a Estados Unidos o a Europa.
Las razones para esta denegación varían, pero la reacción del solicitante suele ser con frecuencia de decepción o -cuando considera que llena todos los requisitos para la visa- de impotencia.
¿Qué opciones le quedan a una persona cuando un consulado rechaza su solicitud de visa de no inmigrante para Estados Unidos o de estancia corta para Europa? En el caso de Estados Unidos, podría no quedarle más alternativa que hacer una nueva solicitud en el futuro; tratándose de Europa, sin embargo, el solicitante podría apelar la decisión del cónsul.
Apelar la denegación de una visa
Cuando uno de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) deniega el visado a una persona debe notificarlo por escrito a la persona y explicarle las razones de la denegación, informa Yudith Féliz, abogada especializada en migración europea y americana.
Aunque las leyes migratorias pueden variar de una nación a otra, el Código Comunitario sobre Visados de la UE establece al menos ocho razones fundamentales para negar una visa de estancia corta (no superior a tres meses en un período de seis meses) o tránsito. Un visado puede ser denegado si el solicitante:
1 Presenta un documento de viaje falso.
2 No justifica el motivo o las condiciones de la visita prevista.
3 No aporta pruebas de que dispone de medios suficientes para costear la estancia o para volver a su país de origen/residencia.
4 Ha agotado los tres meses del período de seis meses.
5 Es una persona sobre la que se introdujo una descripción en el Sistema de Información Schengen (SIS) a efectos de denegación de entrada.
6 Se le considera una amenaza para el orden público, la seguridad interior o la salud pública de un Estado miembro.
7 No aporta una prueba de que posee un seguro médico de viaje.
8 Presenta documentos justificativos cuya autenticidad o fiabilidad resulta dudosa.
Féliz dice que, de considerar que la denegación no se justifica, el solicitante puede apelar la decisión del cónsul.
Recurso legal
La apelación es un recurso legal sometido ante el consulado del país que le ha negado a la persona la visa.
Féliz explica que la apelación se hace siguiendo las leyes o códigos del país ante cuya legación consular se hace y que, por lo general, puede someterse dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la negación.
Junto con la apelación se presentan los documentos que avalan que el solicitante sí califica para la visa, señala Féliz, quien añade que, por lo general, la apelación recibe respuesta en dos o tres semanas.
La mayoría de los países de Europa deben por obligación aceptar este trámite, aunque la decisión final tras el sometimiento de este recurso ya es otra historia.
“Incluso te dan la facilidad de recurrir ante un tribunal en Europa, en el país donde sometes la apelación. En caso de que sea denegada aquí la apelación nuevamente, puedes recurrir al tribunal administrativo en sus países directamente”, explica Féliz.
¿Vale la pena hacer este proceso? Si bien someter una apelación exige más tiempo y recursos por parte del solicitante, la abogada considera que sí vale la pena: “Cuando de verdad calificas, yo entiendo que sí vale la pena que se agoten todos los recursos”.
Por su experiencia asegura que la mayoría de las personas que califican para la visa de estancia corta en Europa apelan la denegación de visa y tienen éxito, “pero siempre es muy importante la orientación”.
Caso de EE.UU.
En este tema la ley migratoria estadounidense y europea difieren. Estados Unidos no contempla la apelación de la denegación de visado.
No obstante, que a una persona se le niegue la visa de no inmigrante no significa que no podrá obtenerla nunca en el futuro. El solicitante puede volver a iniciar el proceso y, si las condiciones por las que inicialmente no le aprobaron la visa han cambiado, tiene posibilidades de obtener una respuesta favorable.
Féliz señala que, en el caso de la residencia, Estados Unidos sí contempla la apelación como recurso legal.
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PARA VIAJAR A EUROPA
Antes de buscar un visado para estancia corta o tránsito ante uno de los Estados miembros de la Unión Europea, verifica los requisitos específicos del país ante el cual presentarás tu solicitud. _Viajes )) Documentación Antes de buscar un visado para estancia corta o tránsito ante uno de los Estados miembros de la Unión Europea o del espacio Schengen (recuerda que no todos los países de la UE pertenecen al espacio Schengen), debes verificar los requisitos específicos del país ante el cual presentarás tu solicitud.
Cada país tiene sus propias normas migratorias; sin embargo, según el Código Comunitario sobre Visados de la UE, existen ciertos requerimientos básicos para ingresar al Viejo Continente. Estos incluyen:
1 Un formulario de solicitud.
2 Un documento de viaje válido.
3 Una fotografía.
4 Documentos que justifiquen tu estadía o alojamiento o que demuestren tu solvencia económica.
5 Seguro médico de viaje (válido por un mínimo de 30 días y que cubra gastos de hospitalización y repatriación por un mínimo de 30,000 euros).
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